De acuerdo con la NIIF para las PYMES, se requiere que una entidad reconozca todas sus ganancias y pérdidas actuariales en el período en el cual ocurren, o bien el resultado del período, o bien en otro resultado integral, dependiendo de una elección de política contable (párrafo 28.24).
Recientemente, los requerimientos de las NIIF completas han sido actualizados por la emisión de la NIC 19 - Beneficios a los Empleados (revisada en 2011). Un cambio fundamental que resulta de la revisión del 2011 de la NIC 19 es que todas las ganancias y pérdidas actuariales deben ser reconocidas en otro resultado integral en el período en el cual se consideran. Previamente, bajo las NIIF completas, las ganancias y pérdidas actuariales podrían ser reconocidas o bien en el otro resultado integral o bien en el resultado del período dependiendo de una elección de política contable (y en la última opción había una serie de métodos permitidos para determinar la oportunidad del reconocimiento en el resultado del período).
La Sección 28 está basada en la NIC 19 anterior a la revisión del 2011, modificada apropiadamente para reflejar las necesidades de los usuarios de los estados financieros de las PYMES y atender la relación de costos y beneficios. Eliminar para las PYMES la opción de reconocer las ganancias y pérdidas actuariales en el resultado del período mejoraría la comparabilidad entre las PYMES sin agregar ninguna complejidad.
¿Debería eliminarse del párrafo 28.24 la opción de reconocer las ganancias y pérdidas actuariales en el resultado del período?
(a) No— No se deben cambiar los actuales requerimientos. Se deben continuar permitiendo que una entidad reconozca sus ganancias y pérdidas actuariales o bien en el resultado del período o bien en otro resultado integral como una elección de política contable.
(b) Sí— Se debe revisar la NIIF para las PYMES para que se requiera que a una entidad se le requiera reconocer todas sus ganancias y pérdidas actuariales en otro resultado integral (es decir, eliminar la opción de reconocerlas en el resultado del período del párrafo 28.24).
(c) Otra— por favor, explíquela.
Por favor, presente las razones que apoyan su elección (a), (b) o (c).
Nota: La NIC 19 (R 2011) introdujo muchos otros cambios en las NIIF completas. Sin embargo, dado que la Sección 28 fue una simplificación de la anterior versión de la NIC 19 para reflejar las necesidades de los usuarios financieros de las PYMES y consideraciones de costo-beneficio, los otros cambios hechos a las NIIF completas no están directamente relacionados con los requerimientos de la Sección 28.
===========================================================================Apoyo la opción (b) que permitiría modificar la Sección 28 para que se requiera a las PyMES que reconozcan en otro resultado integral todas sus ganancias o pérdidas actuariales. Mediante esta modificación, la Norma se adaptaría mejor a las NIIF Completas y permitiría una comparación más adecuada de la presentación de dichas partidas en el estado de situación financiera y no en los resultados del período.
Nota del Autor: La primera parte de este Post incluye la pregunta original incluida en el documento del IASB que contiene las modificaciones que se discuten, y se presentan en itálicas para diferenciarlas del resto del texto que sí es de la entera responsabilidad del Autor. Lo invito a discutir y/o a comentar este Post. Gracias.
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