jueves, 20 de octubre de 2022

Nueva NIIF para las PYMES

En septiembre de 2022, el IASB publicó el primer borrador de lo que será la nueva Norma para las PYMES, después de más de siete años sin cambios. No se ha entregado la versión en español todavía, pero los interesados pueden consultar el texto en inglés que adjuntamos más abajo y hacer comentarios al IASB si así les interesa, para lo cual tienen tiempo hasta Marzo de 2023. También se incluye un link para obtener las Bases para las Conclusiones, en inglés.

El IASB también publicó un resumen de los cambios que se incluirán en la nueva NIIF para las PYMES. Para beneficio y ayuda de los interesados se incluye un enlace a la publicación original.

El Autor de GetNIIF.com ya está trabajando en un libro sobre la nueva NIIF para las PYMES, el cual será ofrecido a los interesados apenas sea publicado por el IASB.

Material Disponible:

Si desea obtener una copia del borrador de la nueva NIIF para las PYMES, en inglés, haga click aquí.

Para obtener una copia de las Bases para las Conclusiones, en inglés, haga click aquí.

Para obtener el Resumen de Cambios, haga click aquí.

lunes, 6 de junio de 2022

Borradores de Nuevas Normas NIIF sobre Clima y Sostenibilidad

El IFRS ha publicado los borradores en español de las nuevas normas sobre clima y sostenibilidad que tendrán que aplicar las entidades que reporten bajo las NIIF Completas. 

Se estableció un plazo hasta el mes de julio de 2022 para someter comentarios utilizando los formatos y preguntas que diseñó el IFRS. Los interesados en hacer esos comentarios deben ingresar a esta página del IFRS: https://www.ifrs.org/projects/open-for-comment/

Si desea obtener copias de los borradores indicados en el primer párrafo, ingrese a la página de GetNIIF.com utilizando este enlace: http://getniif.com/inicio

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viernes, 3 de junio de 2022

Guía sobre Criptoactivos y Blockchains (Para Contadores y Auditores)

Esta Guía fue desarrollada para facilitar a contadores, auditores y otros profesionales un conocimiento básico sobre las criptomonedas, tokens y otros criptoactivos, blockchains e información general sobre términos, conceptos, técnicas y otros conocimientos requeridos para completar encargos de contabilidad, auditoría y asesoría en general. 

También contiene información actualizada sobre eventos, noticias y asuntos relacionados con criptomonedas que permitirá a los que la utilicen para actualización sobre posibles riesgos a enfrentar cuando se realizan trabajos como los antes mencionados en entidades que han adquirido, vendido o que mantienen criptoactivos en sus estados financieros.

martes, 26 de mayo de 2020

Guía sobre el Control Interno para el Reporte Financiero

"La elaboración de información financiera confiable es una responsabilidad clave de la gerencia de cada empresa. La capacidad de administrar eficazmente el negocio de la compañía requiere acceso a información oportuna y precisa que informa la toma de decisiones. Además, los inversores deben poder confiar en los informes financieros de una empresa si ésta desea recaudar capital en los mercados públicos de valores."

Esta es parte de la introducción al documento publicado por el Center for Audit Quality en Mayo 2019, que fue traducido al español por GetNIIF.com para contribuir a aumentar los recursos de profesionales dedicados a la auditoría de estados financieros. También puede ser eficientemente aplicado por los auditores internos. Puede consultar el documento completo haciendo click aquí. 

lunes, 6 de abril de 2020

SMEIG P&R 35.1 - Aplicación del Valor Razonable en la Fecha de Transición

Norma NIIF para las PYMES®
SMEIG P&R 35.1
Sección 35 Transición a la NIIF para las PYMES, Issue 1 – Aplicación de la exención de costo o esfuerzo indebido para la medición del valor razonable en la fecha de transición a la Norma.
Marzo 2020
Problema
Cuando una entidad prepara sus primeros estados financieros aplicando la Norma NIIF para las PYMES (“la Norma”) ¿debe evaluar si un activo o un pasivo puede medirse confiablemente al valor razonable en la fecha de transición a la Norma, sin costo o esfuerzo indebido, utilizando la información sobre los costos y beneficios en la fecha de transición, o utilizando la información en la fecha de sus primeros estados financieros preparados bajo la Norma?
Respuesta
Al preparar sus primeros estados financieros aplicando la Norma, la entidad evalúa si el valor razonable de un activo, por ejemplo, el de una propiedad de inversión, o el de un pasivo, puede medirse de forma confiable en la fecha de transición a la Norma sin costo o esfuerzo indebido utilizando información sobre los costos y beneficios en dicha fecha de transición. La entidad no debe considerar el concepto de costo o esfuerzo indebido en el período entre la fecha de transición y la de sus primeros estados financieros preparados aplicando la Norma para determinar si el valor razonable puede medirse de manera confiable sin costo o esfuerzo indebido en dicha fecha de transición.
Bases para las Conclusiones
BC1. Un borrador de Preguntas y Respuestas (P&R) fue publicado en agosto de 2019, en el que se formuló la pregunta original para consideración por el SMEIG así: Una entidad que prepara sus primeros estados financieros con la Norma debe evaluar si una propiedad de inversión puede ser medida de manera confiable al valor razonable en la fecha de transición sin costo o esfuerzo indebido utilizando información sobre los costos y beneficios a esa fecha, o usando información sobre los costos y beneficios a la fecha de sus primeros estados financieros preparados aplicando la Norma.
BC2. En el borrador de repuesta del P&R, el SMEIG propuso que la evaluación se basara en información sobre los costos y beneficios en la fecha de transición.
BC3. Algunos de los que respondieron al borrador de respuesta recomendaron que su alcance se ampliara para que también se aplicara la exención de costo o esfuerzo indebido cuando en la fecha de transición se mide el valor razonable de otros activos o pasivos para los cuales la Norma permite el uso de la exención de costo o esfuerzo indebido.
BC4. Los miembros del SMEIG acordaron que el alcance de las preguntas y respuestas debía ampliarse y  concluyeron que, coherentemente, la evaluación de los costos y beneficios de medir otros activos, por ejemplo, una asociada o un pasivo a valor razonable en la fecha de transición, también se basa en información en la fecha de transición y no en una fecha posterior (la fecha de los primeros estados financieros preparados aplicando la Norma). En el análisis de los párrafos BC6 y BC7 se utilizan las propiedades de inversión como ejemplo.
BC5. En el párrafo 35.7(d) se requiere que una entidad aplique la Norma al medir todos los activos y pasivos reconocidos en la fecha de transición, a menos que esté exceptuada de hacerlo.
BC6. En línea con la solicitud original, y como un ejemplo de medición en la fecha de transición, el SMEIG consideró la aplicación del párrafo 35.7(d) junto con las otras exenciones de transición para la medición de las propiedades de inversión. Una entidad aplica la Sección 16 Propiedades de Inversión de la Norma para medir las propiedades de inversión cuyo valor razonable se puede medir de manera confiable sin costo o esfuerzo indebido sobre una base continua. El párrafo 16.7 requiere que las propiedades de inversión deben medirse al valor razonable en cada fecha de informe reconociendo los cambios en el valor razonable en los resultados si el valor razonable puede medirse confiablemente sin costo o esfuerzo indebido.
BC7. Los párrafos 35.9 a 35.11 de la Norma incluyen excepciones y exenciones a los requerimientos del párrafo 35.7 en circunstancias específicas. Una de las exenciones, la que está incluida en el párrafo 35.10(c), permite a una entidad que la aplica por primera vez medir una propiedad de inversión en la fecha de transición a su valor razonable y usar ese valor razonable como el costo atribuido en esa fecha. Con respecto al párrafo 35.10(c), el SMEIG señaló que:
(a)  Ese párrafo no incluye una exención por esfuerzo o costo indebido.
(b) Una entidad en marcha que adopta la Norma por primera vez puede optar por aplicar la exención del párrafo 35.10(c) si está usando el modelo del costo de la Sección 17 Propiedades, Planta y Equipo porque no puede medir el valor razonable de la propiedad de inversión de manera confiable sin un costo o esfuerzo indebido. Aplicando esta exención, la entidad que la  adopta por primera vez usaría el valor razonable (si para determinarlo no se requiere de costo o esfuerzo indebido) como el costo estimado al medir la propiedad de inversión en la fecha de transición.
(c) Cuando una entidad que adopta por primera vez la Norma aplica el modelo del valor razonable a una propiedad de inversión, la exención del párrafo 35.10(c) no es relevante en la fecha de transición, y la propiedad de inversión debe medirse en la fecha de transición al valor razonable si éste puede determinarse confiablemente sin costo o esfuerzo indebido.
BC8. El párrafo 2.14C de la Norma requiere que una entidad evalúe el costo o esfuerzo indebido en el reconocimiento en los estados financieros de inicio basándose en información sobre los costos y beneficios en la fecha de reconocimiento inicial. El párrafo 2.14C requiere que se realice una nueva evaluación del costo o esfuerzo indebido en la fecha de cualquier medición posterior de una partida, con base en la información disponible en esa fecha.
BC9. Los requisitos del párrafo 2.14C se aplican a la evaluación de si un activo o un pasivo puede ser medido confiablemente al valor razonable sin costo o esfuerzo indebido en la fecha de transición. Los requisitos del párrafo 2.14C no se modifican a la fecha de transición.
BC10. Aplicando el párrafo 2.14C, la evaluación de si el valor razonable de un activo, por ejemplo, el de una propiedad de inversión o de un pasivo, puede medirse de manera confiable sin costo o esfuerzo indebido en la fecha de transición se basa en información sobre los costos y beneficios a esa fecha. La evaluación del costo o esfuerzo indebido se basa en información disponible en cada fecha de reporte; por tanto, cualquier costo o esfuerzo adicional que se origine entre la fecha de transición y la fecha de los primeros estados financieros preparados aplicando la Norma, no debe tomarse en cuenta al medir el activo o el pasivo en la fecha de transición.


Esta es una traducción libre de GetNIIF.com para conveniencia de contadores y auditores de habla hispana. El documento original en inglés puede ser obtenido haciendo click aquí.

martes, 4 de febrero de 2020

Revisión Integral de la NIIF para las PYMES

La Solicitud de Información para la Revisión ya está disponible en el sitio del IFRS

Introducción – La Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES)

1. La NIIF para las PYMES (“la Norma”) se aplica a las pequeñas y medianas entidades (PYMES) y se centra en las necesidades de prestamistas, acreedores y otros usuarios de los estados financieros de esas entidades, quienes están principalmente interesados en la información sobre los flujos de efectivo, la liquidez y la solvencia. Además, la Norma toma en cuenta los costos de aplicación para las PYMES y las capacidades de esas entidades para proporcionar información financiera.

Objetivo de la Solicitud de Información (“SI”)

2. Esta SI es el primer paso que ha dado el International Accounting Standards Board (IASB o “la Junta”) para la segunda revisión exhaustiva de la Norma. La primera revisión fue concluida en 2015. La Norma fue emitida originalmente en 2009.

3. El objetivo de la SI es obtener puntos de vista sobre si la alineación de la Norma con las NIIF Completas podría servir mejor a los usuarios de los estados financieros preparados aplicando la Norma sin causar costos ni esfuerzos indebidos a las PYMES.

Estructura de la SI

4. La Junta ha discutido en detalle todas las preguntas incluidas en esta SI. La forma en que se presentan las preguntas indica el razonamiento de la Junta sobre cuestiones importantes, como por ejemplo, sobre la alineación o no de la Norma con las NIIF Completas. Sin embargo, la Junta no ha alcanzado una opinión preliminar sobre ninguno de estos temas. Los Documentos de Agenda (Agenda Documents) y los resúmenes de las discusiones de la Junta están disponibles públicamente en el sitio web de la Fundación IFRS.

5. La SI consta de tres partes:

(a) La Parte A establece el marco desarrollado por la Junta para abordar esta revisión y en ella se solicitan comentarios sobre el enfoque planificado.
(b) La Parte B contiene preguntas sobre secciones de la Norma que podrían alinearse con las NIIF Completas, con las enmiendas a dichas normas y/o con las Interpretaciones CINIIF bajo el alcance de esta revisión.
(c) La Parte C solicita opiniones sobre temas que no se abordan en la Norma y pregunta si, en relación con estos temas, la Norma podría alinearse con las NIIF Completas. También aborda otros temas sobre los cuales la Junta ha recibido comentarios.

6. En los Apéndices se proporciona más información sobre la Norma y la SI de la siguiente forma:
  • Apéndice A: Establece el alcance de la revisión integral como fue determinado por la Junta.
  • Apéndice B: Proporciona más información que explica las razones de la Junta para hacer o no hacer una pregunta. Es complementario a las preguntas expuestas en las partes A hasta C.
  • Apéndice C: Suministra información básica sobre la Norma.
  • Apéndice D: Provee información sobre el Grupo de Implementación SME (SMEIG).
  • Apéndice E: Enumera los enlaces a los principales recursos de la Norma en el sitio web de la Fundación IFRS.
7. La Junta mantiene páginas web completas sobre la Norma en http://go.ifrs.org/SMEsHome.

Cómo se espera que las respuestas a la SI ayudarán al SMEIG y a la Junta

8. Las respuestas a la SI ayudarán al SMEIG a desarrollar recomendaciones para la Junta sobre las posibles modificaciones de la Norma. Las respuestas también ayudarán a la Junta a desarrollar las posibles modificaciones.

9. La responsabilidad por la publicación de propuestas formales de enmiendas a la Norma y por la aprobación de las enmiendas finales recae en la Junta. Si la Junta decide promulgar enmiendas a la Norma, lo hará después de invitar y considerar los comentarios sobre un Proyecto de Norma que incluiría propuestas específicas y los motivos de la Junta para hacer las propuestas.

10. La revisión exhaustiva de la Norma por parte de la Junta no conducirá necesariamente a modificaciones. Cuando se emitió inicialmente, la Norma evidenció simplificaciones de los requisitos de las NIIF Completas para reconocer y medir activos, pasivos, ingresos y gastos, y redujo sustancialmente la cantidad de información requerida para ser revelada por las PYMES. La Junta no tiene la intención de que todas las NIIF Completas, las enmiendas a dichas normas y las Interpretaciones CINIIF promulgadas desde que se emitió la Norma deberían dar lugar a modificaciones. La intención de la Junta es que cualquier enmienda a la Norma debe ser coherente con el enfoque de simplificaciones y reducciones de las revelaciones adoptado cuando fue emitida originalmente.

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Nota Importante: El contenido anterior fue tomado y traducido libremente al idioma español por GetNIIF.com, del material original del IASB en inglés que contiene la Solicitud de Información, el cual puede ser obtenido por los interesados utilizando el siguiente vínculo:

jueves, 26 de diciembre de 2019

Estados Financieros Primarios

Nueva NIIF sobre Estados Financieros

Proyecto de una Nueva Norma

El International Accounting Standard Board – IASB, ha propuesto nuevos requerimientos para la presentación y divulgación de la información financiera de las entidades que reportan bajo las NIIF con un enfoque que se basa en el estado de resultados, y desarrolló esas propuestas en su proyecto de Estados Financieros Primarios, que es parte del trabajo sobre "Una Mejor Comunicación de la Información Financiera". Estos cambios se han desarrollado en respuesta a las preocupaciones de los inversores sobre la comparabilidad y transparencia del estado de resultados de las entidades que aplican las NIIF y el 17 de diciembre de 2019 publicó un borrador para discusión de la nueva norma. El proyecto incluye propuestas para el borrador de una nueva NIIF sobre presentación y revelaciones en los estados financieros que, una vez finalizada, reemplazaría a la NIC 1 Presentación de Estados Financieros. También se han propuesto enmiendas a otras NIIF como a continuación se indica:
1. Se requieren subtotales adicionales en el estado de resultados, para proporcionar información más relevante para los usuarios, que crearían una estructura más consistente de dicho estado, mejorando así la comparabilidad entre las entidades.
2. Se establece la desagregación de algunos rubros para ayudar a las entidades a suministrar información más relevante que la que hasta ahora proporcionan. Se proponen principios de desagregación; una más descriptiva información sobre los gastos operativos en el estado de resultados, bien sea por su naturaleza o por su función; un requerimiento para una más detallada información sobre partidas con montos significativos que a menudo se presentan como "Otros Ingresos" y/o "Otros Egresos"; y un requerimiento para desglosar información sobre ingresos y gastos no usuales, y para la presentación de otras partidas mínimas adicionales en el estado de situación financiera.
3. También se requiere la revelación de algunos indicadores de desempeño definidos por la administración de la entidad, es decir, medidas de desempeño no especificadas por las NIIF. Para promover la transparencia, se plantea que se hagan reconciliaciones entre algunos indicadores de desempeño definidos por la gerencia de la entidad y ciertos subtotales requeridos por las NIIF.
4. Se limitan los cambios en el estado de flujos de efectivo para mejorar la consistencia en la clasificación mediante la eliminación de algunas opciones anteriores.
Para lograr sus objetivos, el IASB publicó tres documentos en inglés que servirán para que los interesados evalúen la nueva NIIF, sus bases y ejemplos, y para que hagan sus observaciones hasta el 30 de junio de 2020:

Los interesados pueden obtener los documentos anteriores utilizando los vínculos que se suministran en el título de cada uno. Se puede acceder a la información completa sobre este proyecto utilizando el siguiente vínculo:


En GetNIIF.com se ha iniciado un proyecto con base en las informaciones anteriores para elaborar un libro en español sobre la nueva NIIF, incluyendo las bases para su aplicación y los ejemplos ilustrativos que sean aprobados finalmente.

viernes, 27 de septiembre de 2019

Enmiendas a las NIIF por la Reforma de las Tasas de Interés de Referencia

Las tasas interbancarias ofrecidas (IBOR) son tasas de referencia de interés que han sido identificadas corrientemente con las siglas LIBOR, EURIBOR y TIBOR, y que representan el costo de obtener financiamiento no garantizado, bajo una combinación específica de moneda y vencimiento, y en un mercado específico de préstamos a plazo interbancario. La evolución reciente de los mercados ha originado dudas sobre la viabilidad a largo plazo de esas tasas de referencia.

viernes, 16 de agosto de 2019

NIIF para las PYMES - Revisión 2019

Documento de Agenda # 30 del International Accounting Standard Board – IASB

El IASB se reunió el 22 de julio de 2019 para discutir la Revisión Integral de 2019 de la NIIF para las PYMES[1] (la Norma) y se discutió si deben solicitarse opiniones en una Solicitud de Información (SI) que se publicará como parte de la revisión para determinar si la Norma debe alinearse con las NIIF Completas y con sus cambios no incorporadas en una nueva Norma que se promulgaría posteriormente. Específicamente, se revisaron las siguientes NIIF Completas y otros cambios aún no incorporados a esos principios para definir el alcance de la SI.

NIIF 3 – Combinaciones de Negocios

El IASB (con votaciones que no siempre alcanzaron unanimidad) decidió que investigará puntos de vista sobre la alineación de la Norma con la NIIF 3 y decidió solicitar opiniones sobre:
  • La introducción de requerimientos para el reconocimiento de adquisiciones que se llevan a cabo por etapas y si éstos se introducen, cómo deben alinearse con la NIIF 3;
  • El reconocimiento de los costos relacionados con la adquisición como un gasto en la fecha de la adquisición;
  • La medición de la contraprestación contingente al valor razonable en el reconocimiento inicial;
  • La inclusión de la exención de costo o esfuerzo indebido para aplicarla en la medición del valor razonable de la contraprestación contingente; y
  • La definición de un negocio.

Se decidió que en la SI se aclarará que no se tiene la intención de modificar los requerimientos de la Norma relacionados con:
  • La introducción de una opción para medir las participaciones no controladoras a valor razonable;
  • El cambio de los criterios de reconocimiento relacionados con un activo intangible adquirido en una combinación de negocios;
  • La aclaración de que una plantilla laboral organizada no debe ser reconocida; y
  • El suministro de orientación adicional en relación con los derechos readquiridos.

NIIF 10 – Estados Financieros Consolidados

El IASB decidió que solicitará opiniones en la SI sobre la alineación de la Norma con la NIIF 10 y solicitará opiniones sobre los siguientes asuntos:
  • La definición de control que se incluye en la Sección 9 de la Norma.
  • El mantenimiento de la presunción de que una entidad controla a una participada si tiene poder directo sobre esa participada únicamente a partir de los derechos de voto.
También se decidió que se aclarará que no se tiene la intención de introducir una excepción en la Norma para la contabilidad de las entidades de inversión.

NIIF 11 – Acuerdos Conjuntos

Se aclarará en la SI que no se tiene la intención de alinear la Norma con la NIIF 11.

NIIF 15[2] – Ingresos Procedentes de Contratos con Clientes

El IASB decidió solicitar puntos de vista en la SI sobre tres enfoques para alinear la Norma con la NIIF 15, y específicamente se solicitará opinión sobre los siguientes aspectos:
  • Los tres enfoques que se incluirán en la SI para obtener retroalimentación:
Alternativa 1: Modificar la Sección 23 de la Norma para eliminar las evidentes diferencias que resultan de la aplicación de la Sección 23 y la NIIF 15, sin hacer una reestructuración general de la Sección 23;
Alternativa 2: Reestructurar completamente la Sección 23 para reflejar los principios y el lenguaje utilizados en la NIIF 15; y
Alternativa 3: Omitir completamente las enmiendas a la Sección 23 en esta revisión.
  • Identificación de la Alternativa 1 como el enfoque preferido para la alineación de ambas normas.
  • Si se suministran alternativas de alivio al proceder a la revisión utilizando la Alternativa 1 o la Alternativa 2, permitiendo que la entidad continúe con su tratamiento actual de contabilidad de los ingresos para cualquier contrato que esté en curso en la fecha de transición o que esté programado para completarse en una determinada oportunidad después de la fecha de transición.


Modificaciones a las NIIF e Interpretaciones CINIIF

El IASB revisó las recomendaciones del staff para alinear la Norma con las Interpretaciones CINIIF y con otras modificaciones a las NIIF aún no incorporadas en la Norma y decidió solicitar opiniones sobre esas recomendaciones en la SI.


Próximo Paso

En septiembre de 2019, el IASB continuará discutiendo sobre la alineación de la Norma con las NIIF y sus otras enmiendas.



[1] Mi libro sobre esta Norma (Revisión 2015) está disponible en el sitio web de GetNIIF.comhttp://getniif.com/publicaciones 
[2] Puede adquirir el libro sobre la NIIF 15 en el mismo sitio web.

martes, 13 de agosto de 2019

Tendencias sobre la Plusvalía reconocida en una Combinación de Negocios

Recientes y anteriores noticias señalan que ciertas entidades de USA y Europa, principalmente, han reconocido importantes cargos a los resultados por concepto del deterioro de la plusvalía que habían reconocido en combinaciones de negocios reportadas bajo los principios de contabilidad generalmente aceptados en esos países (USA GAAP o NIIF – IFRS). Aunque la magnitud de los cargos a los resultados es lo que más llama la atención, es obvio que ninguna entidad está exenta de ser afectada por dichos principios por muy pequeña que sea, siempre que los aplique adecuada y consistentemente.

Puede leer este trabajo completo haciendo click en este vínculo.

domingo, 21 de julio de 2019

Contabilidad de los Arrendamientos - Situación Actual y Tareas por Completar


José D. Martínez – Julio 2019

Situación Actual


La vigencia de la NIIF 16 (la Norma) comenzó a partir del 1 de enero de 2019 y algunas entidades que deben aplicarla para su reporte financiero pudieran no haber tomado en cuenta las posibles complicaciones que tendrán para su implementación. Se presume que algunas entidades podrían confrontar una transición compleja y reconocer un impacto sustancial en sus estados financieros. Con base en lo que se conoce hasta ahora por lo que se ha publicado en USA, algunas entidades públicas que reportan bajo US GAAP (promulgados por la FASB) y que aplican una normativa que es muy similar a la de la Norma, ya la han adoptado y han reportado su información financiera interina. Por tanto, ya existe información pública sobre algunos de sus efectos sobre los estados financieros de las principales entidades afectadas. Otras entidades públicas con cierre de ejercicio que no coincide con el año calendario, tendrán que adoptarla en cuanto les corresponda, en algún momento después del 1 de enero de 2019. Las entidades privadas de USA tienen hasta el 1 de enero de 2021 para aplicarla.

Por otra parte, ciertas organizaciones empresariales de USA que realizan negocios con las entidades que han sido afectadas por el nuevo principio contable, están solicitando que éste sea revisado bajo argumentos de que las cifras y rubros de los estados financieros que ahora reportan los arrendatarios que mantienen extensas operaciones de arrendamiento operativo, no son comparables con las que anteriormente aparecían en los estados financieros, lo cual estaría impactando indicadores importantes que se utilizan para la concesión y valuación de carteras de préstamos y para otras actividades de financiamiento y de otro tipo. Quizás, tomando en cuenta las observaciones y solicitudes recibidas por la FASB, ese organismo estaría considerando una suspensión para la aplicación en USA por parte de las entidades no públicas, que como se indicó arriba, tienen que comenzar a utilizarla a partir del 1 de enero de 2021.

Hasta antes de la adopción de la Norma, la mayoría de las entidades que actúan como arrendatarios, normalmente incluían la información relevante sobre los arrendamientos operativos en las notas a los estados financieros, ya que no estaban obligadas a reconocerlos en sus estados financieros como ahora se requiere. Los cambios introducidos, según se dispone en relación con la medición y presentación de esos arrendamientos, no originan un simple traslado de información desde las notas a los estados financieros al cuerpo de los mismos como activos y pasivos, y el manejo de esos cambios no ha sido una tarea sencilla para las entidades públicas de USA que ya han reportado parcialmente sus efectos. El resto de las entidades (es decir, las privadas) y muchas de las que realizan actividades sin fines de lucro se enfrentarán al mismo desafío cuando les corresponda reportar incluyendo los efectos del cambio. Lo mismo sucederá con las entidades de otras jurisdicciones que deben aplicar la NIIF 16 a partir del 1 de enero de 2019 (o en la fecha que les corresponda si su cierre no coincide con el año calendario). 

Las entidades que tienen una cantidad importante de contratos de arrendamiento operativos pueden resultar afectadas por los requerimientos que deben cumplir; por el tiempo que tendrán que dedicar para obtener y organizar sistemáticamente la data necesaria; por los gastos a incurrir para enfrentar la posible complejidad de la transición y para analizar las normas contables que ahora deben aplicar. También pudieran ser sorprendidas por los efectos del cambio en los estados financieros y, tal vez, sobre el cumplimiento de sus convenios de préstamos debido a posibles cambios significativos en la presentación de activos y pasivos relacionados con los arrendamientos operativos y por su efecto sobre los índices financieros relacionados.

Para colaborar en la implementación de la Norma en las entidades que aún no han iniciado el proceso, se incluyen a continuación algunas recomendaciones que pueden ser tomadas en cuenta para ganar tiempo y efectividad con suficiente anticipación a la fecha de reporte de su entidad.

Tarea Fundamental: Entender la Aplicación de la Norma


La NIIF 16 es relativamente extensa y el material oficial incluye la Norma propiamente dicha, los fundamentos para las conclusiones, los apéndices para su aplicación y los ejemplos ilustrativos. Esto determina que debe dedicarse tiempo para entenderla y aplicarla adecuadamente. También es importante entender cómo debe ser aplicada en la entidad con la cual usted está relacionado, partiendo de la premisa de que los efectos importantes de los cambios incidirán, básicamente, sobre los arrendatarios. Por ejemplo, debido a la naturaleza compleja de los contratos de arrendamiento operativo de la entidad, la determinación de lo que es un "activo identificado" es imprescindible para establecer si el contrato es un "arrendamiento" de acuerdo con la Norma. También, la separación de los componentes de un contrato es importante porque el reconocimiento de cada uno puede ser diferente: un componente que se identifica como arrendamiento debe contabilizarse de acuerdo con la Norma, mientras que otro que no lo es tendría que reconocerse aplicando otra NIIF. Debido a que la actividad relacionada con los arrendamientos está basada en acuerdos, convenios, modificaciones, enmiendas y otras características contractuales y legales, es un requerimiento importante comprender el contenido de esos documentos para identificar la manera apropiada de aplicar la Norma, debido a la posibilidad de que se presenten situaciones inéditas cada vez que se revise un contrato y sus otros componentes.

Debe tomarse en cuenta que los principios sobre los arrendamientos financieros quedaron sin cambios significativos y que los cambios significativos en la Norma afectarán en mayor medida a los arrendatarios y no a los arrendadores.

Tarea Inicial Crítica: Organizar los Documentos y Procesar la Información


Lo más normal es que la entidad no tenga un sistema de organización y de proceso de la información que se origina en los contratos de arrendamiento operativo porque hasta ahora no había sido necesario y, a los efectos de aplicar la Norma, esto pudiera ser menos que ideal sobre todo en las etapas iniciales de implementación. El trabajo para localizar, organizar y procesar todos los documentos importantes para realizar la evaluación y procesar la información puede resultar muy exigente y extenso, dependiendo de la magnitud de las operaciones de arrendamiento operativo. La tarea inicial consiste en determinar si todos los contratos y sus modificaciones constituyen arrendamientos operativos bajo la Norma. Con base en procedimientos claros, documentados y debidamente organizados y controlados, la entidad debe revisar todos los contratos, incluyendo el acuerdo inicial y todas sus enmiendas, anexos, adiciones, suplementos y mejoras. Los auditores seguramente querrán examinar cómo se realizó ese proceso para determinar su nivel de confianza en los controles internos implementados sobre esas tareas y sobre los que se establezcan para efectos posteriores.

Estos procedimientos deberían iniciarse lo antes posible, dependiendo de la cantidad de contratos que mantenga vigentes la entidad. Antes que todo, es necesario planificar las actividades que se requieren en cuanto a los objetivos que se persiguen, como base para procedimientos y controles futuros que tendrán que utilizarse para cada contrato de arrendamiento operativo existente y sobre los que se firmarán en el futuro. Eso implica la elaboración de procedimientos, manuales, controles y normas de control y auditoría interna, todo lo cual se complementaría con lo que ya debería existir en el área legal que afecta a los contratos. Será conveniente elaborar un inventario de todos los documentos críticos que son necesarios para analizar y contabilizar adecuadamente las transacciones que deben calificarse como "arrendamientos operativos" según la Norma. El control y seguimiento de las fechas en los acuerdos, sobre las modificaciones, los anexos y demás documentos que forman parte del contrato, es de vital importancia para la aplicación de los nuevos principios. El control sobre las cantidades en esos documentos y sobre las modificaciones posteriores es otro asunto importante en esta etapa del trabajo de organización y de control de la información.

La experiencia conocida después de la publicación de la información financiera de entidades públicas de USA correspondiente a la primera parte del año 2019, demuestra que algunas de esas entidades no adoptaron controles apropiados sobre la documentación y para el proceso de la información de los contratos y ahora están inmersas en tareas de limpieza y ajustes para corregir y ajustar la información previamente reportada para evitar observaciones de parte de los organismos reguladores de la información financiera después del reporte de los estados financieros del fin del ejercicio.

Dependiendo de la cantidad de contratos de arrendamiento operativo de la entidad y de las fechas de su renovación después del final de 2019, la implementación total de la Norma podría tomar años debido a los análisis que tendrán que realizarse sobre los contratos que están en vigencia, los que han sido modificados y renovados, y sobre los nuevos que se acuerden en el futuro. Los procedimientos y controles a establecer deben tomar en cuenta las complicaciones que se observen en este proceso. La eliminación de controles manuales y contables sobre los contratos debe ser parte importante del proceso de automatización de los procedimientos y los controles, para facilitar la elaboración de los asientos contables; para la recopilación de información que se incluirá en las notas a los estados financieros después de la aplicación inicial de la Norma; y para los trabajos que tendrán que realizar auditores internos y externos.

Tarea Adicional: Examinar Otros Contratos


Debe tomarse en cuenta que es posible que un contrato de arrendamiento puede estar incluido dentro de otro contrato que pudiera haberse tratado como otro tipo de transacción. Los contratos integrados (que son los que contienen un arrendamiento que no había sido identificado hasta ahora) forman parte de una zona compleja de la Norma que debe ser iniciada tan pronto como sea posible. Seguramente, muchas entidades han considerado algunos contratos como acuerdos de servicio porque no reunirían las características de un arrendamiento operativo como ahora se pudiera determinar. Por esas razones, es conveniente analizar todos los contratos con características similares que pudieran contener un arrendamiento operativo para darle un adecuado tratamiento como se requiere en la Norma(1). No obstante, la Norma contiene una disposición para ser aplicada durante la transición que facilita esta tarea.

Este proceso debería iniciarse tan pronto sea posible involucrando a los departamentos de compras y cuentas por pagar para que participen y contribuyan en la identificación adecuada de los contratos, utilizando la información y las guías de la Norma. También deben desarrollarse sistemas y controles nuevos o actualizar los que se utilizan ahora para identificar cualquier arrendamiento integrado al inicio de todos los nuevos contratos.

Tarea Imprescindible: Implementar(o Mejorar) los Controles Internos sobre los Arrendamientos


Se anticipa que las entidades deberán implementar controles internos adecuados sobre los arrendamientos, si no existieran, o mejorar los que ahora tienen. Para esto, la participación de auditores internos y externos es conveniente y deseada. Si no existen, deberían desarrollarse los controles clave sobre el proceso de implementación, organización y retención de documentos y el control de calidad interno sobre el input de la data de los arrendamientos en el software de contabilidad y/o en el software especial para los arrendamientos. Si la entidad no utiliza soluciones de software, debería considerar la elaboración de una lista de verificación de las áreas clave que deben abordarse para implementar los controles y asegurar una adecuada aplicación de la Norma. A medida que se apliquen estas tareas, la entidad adquirirá la experiencia que se requerirá posteriormente para elaborar los controles internos o para mejorarlos.

Como éste puede ser un concepto nuevo para la mayoría de los contadores, las entidades podrían desarrollar un programa bien elaborado de control de calidad sobre esta área. Para ayudar a tener un registro de auditoría claro sobre los procedimientos de control interno nuevos o sobre los modificados, las entidades deben documentar claramente los pasos necesarios para aplicar, revisar y auditarlos posteriormente, si es requerido por los auditores. También deben comunicarse adecuadamente los cambios y las actualizaciones de los controles y procedimientos a todas las personas involucradas, y mantener evidencia adecuada de revisión y aprobación de los controles clave. 

Tarea Adicional: Revisar los Convenios de Deuda


Bajo las nuevas reglas contables de la NIIF 16, la distinción entre arrendamiento operativo y arrendamiento financiero se reduce significativamente y la mayoría de los arrendamientos operativos con plazos en exceso de un año tendrían que presentarse en el estado de situación financiera como "activos por derecho de uso" y como pasivos por arrendamiento en lo que respecta a las acreencias que ahora se requiere que sean reportadas. El efecto neto de este cambio en los estados financieros es un aumento del endeudamiento y de los activos con los que están relacionados. 

La inclusión de los “nuevos” pasivos por arrendamiento en los estados financieros puede tener un impacto significativo no sólo en los estados financieros, sino también sobre los convenios de deuda y en las disposiciones de los contratos que se basan en índices financieros específicos (es decir, todos los que se basan en los pasivos financieros, ebitda, etc.), los cuales podrían resultar diferentes a los que se determinaban antes de la aplicación de la Norma. Los efectos significativos que los pasivos por arrendamiento pueden tener sobre esos índices pueden originar una mayor presión sobre la entidad para incurrir en fraude financiero, debido a las tensiones adicionales que se originarían por la necesidad de mantener la apariencia de presentación de índices de deuda razonables (apropiados?) o ganancias razonables (adecuadas?). La entidad debe tomar en cuenta este riesgo cuando realice modificaciones en sus normas de control interno. Por esas razones, se recomienda que los convenios de financiamiento originados en los arrendamientos operativos sean analizados y revisados cuidadosamente para evitar consecuencias adversas, como un incumplimiento involuntario.

Tarea Complementaria: Anticipar los Costos de la Transición


Debe tomarse en cuenta que el tiempo y los costos para implementar la aplicación de la Norma, tomando en cuenta todos los factores anteriores y otros que puedan en el proceso, pueden ser importantes. La experiencia conocida indica que los arrendatarios que tienen cien o más contratos de arrendamiento operativo en su cartera, han tenido que contratar consultores para ayudar tanto en la contabilidad como en la gestión del proyecto necesaria para la implementación adecuada de los principios de USA. Es importante también conocer si en la jurisdicción donde opera la entidad existen asesores suficientemente preparados para estas tareas, porque de no existir, se incrementarán los costos. A la fecha faltan menos de seis meses para que las entidades que cierran con el año calendario tengan que reportar sus cifras definitivas. No hay mucho espacio para adoptar las necesarias decisiones.

Tarea Opcional: Aplicación de Inteligencia Artificial


La implementación de la Norma puede originar la necesidad de evaluar cuidadosamente las opciones de adquirir un software adecuado para la contabilidad de los arrendamientos por las entidades que tienen un gran número de esos contratos. Se podría considerar la posibilidad de utilizar un software de inteligencia artificial que esté diseñado específicamente para manejar la información técnica contenida en la documentación legal relacionada con la contabilidad de los arrendamientos y con los contratos de servicios. Esta tecnología está todavía en sus preliminares (aunque ya existen algunos consultores que ofrecen software para controlar el cumplimiento de contratos), pero un software adecuado a las circunstancias originadas por la aplicación de la Norma pudiera acelerar sustancialmente el análisis para reducir los costos generales actuales y futuros.

Claves para una Exitosa Transición


Una de las claves para asegurar el éxito en la adopción, aplicación y control de la Norma consiste en la organización de un grupo interno sólido que esté integrado por personal competente de las áreas de operación, de contabilidad y legal para que participen en todo el proceso anterior y posterior a la transición. Las entidades que inicien el proceso de adopción deben realizar verificaciones exhaustivas de datos históricos y considerar el diseño de las operaciones futuras en paralelo con la fase de implementación. 

Como se mencionó, el proceso para la adopción de este principio para los arrendatarios en USA, ha revelado una cantidad de desafíos previstos e imprevistos en el primer trimestre del año 2019. A medida que esas entidades transiten hacia el final del año, tendrán que ser suficientemente diligentes para asegurar una adecuada implementación en el primer ejercicio de la nueva norma e implementar los mecanismos correctos para garantizar que no solo cumplan con los requisitos, sino que también superen las ineficiencias y puedan mantener la rentabilidad hacia el futuro.

No hay más tiempo. Su entidad no tendrá las mismas oportunidades y sería conveniente aprovechar la experiencia pasada para anticiparse a los problemas y para vencerlos.


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Visite nuestro sitio web para mayor información. Gracias



[1] En la sección “Procedimiento a Seguir para Determinar si Existe un Arrendamiento” de mi libro “Contabilidad de los Arrendamientos – Basada en la Norma Internacional de Información Financiera 16 (NIIF 16)”se incluye un cuadro que guía a los usuarios en la resolución de la problemática que surge por esta situación.

miércoles, 10 de octubre de 2018

Contabilidad de los Arrendamientos - Libro sobre la NIIF 16

Ya está a la venta mi nuevo libro sobre la NIIF 16, norma que entra en vigencia a partir de los ejercicios que se inicien después del 1 de enero de 2019, y es aplicable a todas las entidades que reportan bajo el alcance de las NIIF Completas. Utilice este link para ir a la página de GetNIIF.com

Algunos Datos sobre este Libro

Después de más de 20 años de haber sido promulgada la norma sobre arrendamientos (la NIC 17, bajo las normas internacionales), en junio de 2004, la FASB y el IASB reconocieron que la contabilidad de los arrendamientos necesitaba una nueva visión y que cualquier mejora resultante debía completarse por medio de un proyecto mayor realizado y completado conjuntamente. El proyecto se inició y finalmente fue completado con la modificación de las normas correspondientes que fueron aprobadas por cada consejo en 2016, y la nueva norma internacional, la NIIF 16 Arrendamientos, ya está en vigencia. El resultado de todo el trabajo realizado se presenta en un conjunto de normas que principalmente afectan a los arrendatarios, pero que también se basan, parcialmente, en la aplicación de otras nuevas normas promulgadas recientemente.
En este libro se realiza un análisis profundo de la NIIF 16, de sus antecedentes y de sus fundamentos. La obra contiene la revisión e interpretación de todos los principios contables y de las guías complementarias que integran la Norma, y fue desarrollada mediante el análisis y la elaboración de comentarios y observaciones sobre todos sus párrafos y las guías de aplicación, y en la comparación con la NIC 17 (pero solo cuando se consideró necesario) para comentar las modificaciones introducidas o los principios que no cambiaron. El autor mantiene el mismo orden de los párrafos como aparecen en el texto original de la Norma e intercala apropiadamente las guías de aplicación cuando es necesario, lo que permite una visión más completa del principio que se desea comprender. 
Se incluyen los contenidos originales de la Norma, ejemplos y algunas tablas y diagramas desarrolladas o mejoradas para la adecuada orientación y el aprendizaje de los usuarios, intentando lograr una correcta visión y un enfoque adecuado y completo de los principios, los conceptos y las guías de aplicación de la Norma. El libro incluye más de 30 ejemplos para permitir un mejor entendimiento de los principios contables que la integran, de la metodología para elaborar los asientos en la contabilidad de las entidades y de los cálculos financieros y aritméticos que se requieren para la correcta aplicación de dichos principios.
Este libro fue diseñado para orientar a profesionales de la contabilidad, profesores y estudiantes de contaduría y a los otros interesados en el tema, en el aprendizaje, la aplicación y/o en el reforzamiento de los conocimientos de los nuevos principios contables sobre los arrendamientos.
El libro completo también se ofrecerá muy pronto en formato impreso en Amazon.com
La dirección electrónica del autor es: jdsmartinez@getniif.com

LIBRO DE FÓRMULAS

Junto con el libro se ofrece un Libro de Fórmulas que fue elaborado con la aplicación Excel de Microsoft, el cual contiene detalles de las bases financieras y aritméticas de todos los ejemplos que lo requieren, las asunciones adoptadas, los cálculos realizados, tablas de amortización y detalles de asientos, todo ello para facilitar el entendimiento del lector sobre la resolución de esos casos prácticos. Las personas que han adquirido el libro sobre la NIIF 16 necesitarán esta importante herramienta para entender la aplicación de la Norma y la determinación de los montos necesarios para la contabilidad. Por favor,  acceda al repositorio de información electrónica del autor que está alojado en el portal Drive de Google haciendo click aquí para obtener el Libro de Fórmulas.

LIBRO EN VERSIÓN IMPRESA

También puede adquirir este libro en su versión impresa en Amazon.com. Por favor, utilice este link para acceder a la página donde se ofrece a la venta. 

jueves, 25 de enero de 2018

Aplicación de la NIIF 15 (Libro Electrónico y Libro Impreso)

Hoy ha salido a la venta mi nuevo libro sobre la NIIF 15 - Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes.

Un detalle del Apéndice B - Guía de Aplicación, sigue a continuación:
"Venta con derecho a devolución (párrafos B20 a B27)
Algunas entidades conceden a sus clientes el derecho de devolver un producto bajo ciertas circunstancias generalmente establecidas en el contrato. Cuando se trata de ventas al cliente final, la causa más acostumbrada para las devoluciones es la insatisfacción del cliente con el producto. Cuando se trata de ventas a clientes dedicados al negocio de reventa de productos, la razón más habitual para las devoluciones es que el cliente no ha podido revender el producto a otra parte. Los contratos mediante los cuales los clientes compran productos para su reventa con el derecho de devolver los productos, generalmente se denominan “ventas garantizadas”. Las situaciones que plantean problemas contables particulares a las entidades ocurren cuando las ventas originan excedentes significativos de existencias en los almacenes de los clientes que adquieren productos para la reventa. En esas situaciones, lo que generalmente se observa es que después del reconocimiento de ingresos en un período ocurre una cantidad de devoluciones sustanciales en un período posterior. 
Algunas veces, las devoluciones ocurren muy rápidamente después de que se realizan las ventas, como en el caso de las industrias de alimentos perecederos. En otros casos, las devoluciones se producen después de un período más largo, como en las ventas de libros y de equipos. 
Bajo las posibles circunstancias planteadas, generalmente, la entidad tendría que reconocer lo siguiente:1) en relación con los ingresos, el monto al que la entidad espera tener derecho, el cual corresponde a ingresos no reconocidos por los productos que se espera serán devueltos; 2) un pasivo por reembolso que es igual al nivel esperado de devoluciones, cuya medición debe actualizarse al final de cada período de reporte por los cambios en las expectativas; y 3) un activo por el inventario devuelto que es igual al ajuste correspondiente al costo de ventas, por el derecho de recuperar los productos del cliente al liquidar el pasivo por el reembolso, cuya medición es igual al valor en libros de los productos que se espera devolver, menos el costo de recuperación esperado.
El derecho de devolución permite que el cliente pueda recibir un reembolso total o parcial de la cantidad adquirida, otro producto a cambio o un crédito contra la suma adeudada. El intercambio de un producto por otro del mismo tipo pero de diferente color no es una devolución bajo el alcance de esta guía. Cuando se trata de la devolución de productos defectuosos posiblemente deberá aplicarse la guía sobre garantías de los párrafos B28 a B33. 
Lo que realmente ocurre es que en algunos contratos, la entidad transfiere un producto a un cliente y también le concede el derecho de devolverlo. Conceptualmente, un contrato con un derecho de devolución incluye al menos dos obligaciones de desempeño: una obligación de desempeño de proporcionar el producto al cliente y una obligación de desempeño por el servicio de derecho a devolución, que es una obligación de estar dispuesto a aceptar los productos devueltos por el cliente durante el periodo de devolución. 
En relación con las obligaciones de desempeño de proporcionar a los clientes productos, efectivamente, la entidad ha realizado un número indeterminado de ventas. Y esto es así porque solo después de que se vence el derecho de devolución es cuando la entidad conoce con certeza cuántas ventas ha realizado (o al contrario, cuántas ventas no han sido canceladas). Por tanto, la entidad no debe reconocer ingresos de actividades ordinarias por ventas que se espera que se cancelen como consecuencia del ejercicio de los derechos de devolución por parte del cliente. En vez de un ingreso, la entidad debería reconocer un pasivo por su obligación de devolver los importes a los clientes. 
Para determinar el monto del ingreso de actividades ordinarias a reconocer ......."
Este libro analiza, comenta y ejemplifica todo el contenido de la NIIF 15 y de sus dos Apéndices principales (B y C). Además incluye varios gráficos que facilitan su entendimiento y más de 60 ejemplos.

Para mayor información, ingrese en el sitio de GetNIIF.com utilizando este link.