martes, 19 de agosto de 2014

Modificación NIC 16 y NIC 41 - Plantas Productoras

La Fundación IFRS acaba de publicar en español la norma que modifica a la NIC 16 - Propiedades, Planta y Equipo y a la NIC 41 - Agricultura. El objeto de las modificaciones es definir e incluir en el alcance de la NIC 16 a las plantas productoras y excluirlas del alcance de la NIC 41. 

El párrafo 6 de la NIC 16, parcialmente, establece ahora:

"Una planta productora es una planta viva que: (a) se utiliza en la elaboración o suministro de productos agrícolas; (b) se espera que produzca durante más de un periodo; y (c) tiene una probabilidad remota de ser vendida como productos agrícolas, excepto por ventas incidentales de raleos y podas." 
La introducción del documento dice lo siguiente: 

Este documento establece modificaciones a la NIC 16 - Propiedades, Planta y Equipo y a la NIC 41 - Agricultura. Estas modificaciones actualizan y concretan las propuestas del Proyecto de Norma PN/2013/8 Agricultura: Plantas Productoras (Modificaciones propuestas a la NIC 16 y a la NIC 41) que fue emitido en junio de 2013. 

Las modificaciones definen una planta productora e incluyen a las plantas productoras en el alcance de la NIC 16. Una planta productora se define como una planta viva que se utiliza en la producción o suministro de productos agrícolas, se espera que produzca durante más de un periodo y existe una probabilidad remota de que sea vendida como productos agrícolas, excepto por ventas incidentales de raleos y podas. Anteriormente, las plantas productoras no estaban definidas y las relacionadas con la actividad agrícola se incluían en el alcance de la NIC 41. 

Las plantas productoras se utilizan solo para desarrollar productos. Los únicos beneficios económicos futuros significativos procedentes de las plantas productoras surgen de la venta de los productos agrícolas que éstas generan. 

Las plantas productoras cumplen la definición de propiedades, planta y equipo de la NIC 16 y su funcionamiento es similar al de la fabricación. Por consiguiente, las modificaciones requieren que las plantas productoras se contabilicen como propiedades, planta y equipo y se incluyan en el alcance de la NIC 16 en lugar de en el de la NIC 41. El producto que se desarrolla en las plantas productoras se mantendrá dentro del alcance de la NIC 41. 

Se requiere que las entidades apliquen las modificaciones a los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2016. Se permite su aplicación anticipada. 
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Si está interesado en revisar la norma original puede dirigirse al repositorio de información de este Blog en Google Drive, haciendo click en este enlace.




martes, 12 de agosto de 2014

Importante Modificación de la NIC 27 - Estados Financieros Separados


EL IASB (International Accounting Standards Board) acaba de publicar una importante enmienda que afecta la NIC 27 – Estados Financieros Separados y que le permitirá a las entidades utilizar el Método de la Participación (también conocido como “Equity Method”) para contabilizar sus inversiones en subsidiarias (filiales), negocios conjuntos y asociadas, cuando éstas se presenten en estados financieros separados.

La NIC 27 actual contiene los requerimientos de contabilidad e información a revelar para inversiones en subsidiarias, negocios conjuntos y asociadas cuando una entidad prepara estados financieros separados. La Norma requiere actualmente que una entidad que prepare estados financieros separados debe contabilizar esas inversiones únicamente al costo o de acuerdo con la NIIF 9 Instrumentos Financieros. Es decir, que no permitía el uso del Método de la Participación.

El párrafo 4 de la actual NIC 27 establece, parcialmente, lo siguiente:

“Estados financieros separados son los presentados por una controladora (es decir, un inversor con el control de una subsidiaria) o un inversor con control conjunto en una participada o influencia significativa sobre ésta, en los que las inversiones se contabilizan al costo o de acuerdo con la NIIF 9 Instrumentos Financieros.”

A partir de la modificación, el párrafo 4 dirá lo siguiente:

“Estados financieros separados son los presentados por una entidad en los cuales la entidad pudiera elegir, sujeto a los requerimientos de esta Norma, contabilizar sus inversiones en subsidiarias, negocios conjuntos y asociadas al costo, de acuerdo con la NIIF 9 Instrumentos Financieros, o utilizando el método de la participación que se describe en la NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos.”

Los párrafos de la Norma que resultaron modificados son: 4 a 7, 10, 11B y 12. Las entidades podrán aplicar esta modificación a partir de los períodos anuales que comiencen el 1º de enero de 2016 o después de esa fecha, en forma retrospectiva. Sin embargo, se permite su aplicación anticipada. Si una entidad decide esto último, debe hacer las revelaciones correspondientes a esa decisión.

Como consecuencia de estos cambios, la NIIF 1 Aplicación de las NIIF por Primera Vez y la NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos, igualmente resultaron modificadas.


Los interesados en leer el texto de la modificación en inglés, pueden consultar mi repositorio de información en Google Drive. Cuando el IASB publique la traducción al español, con gusto informaré a los lectores para que puedan consultar el texto oficial en ese idioma.