Mostrando entradas con la etiqueta NIC 39. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta NIC 39. Mostrar todas las entradas

viernes, 27 de septiembre de 2019

Enmiendas a las NIIF por la Reforma de las Tasas de Interés de Referencia

Las tasas interbancarias ofrecidas (IBOR) son tasas de referencia de interés que han sido identificadas corrientemente con las siglas LIBOR, EURIBOR y TIBOR, y que representan el costo de obtener financiamiento no garantizado, bajo una combinación específica de moneda y vencimiento, y en un mercado específico de préstamos a plazo interbancario. La evolución reciente de los mercados ha originado dudas sobre la viabilidad a largo plazo de esas tasas de referencia.

domingo, 23 de febrero de 2014

NIIF 9 - Guía de Implementación (En español)

 Alerta de la Fundación IFRS

Nueva traducción al español disponible en línea
La Fundación IFRS tiene el placer de anunciar la publicación de una nueva traducción al español:
  •      Guía de Implementación que acompaña a la NIIF 9 Instrumentos Financieros (Contabilidad de Coberturas y modificaciones a las NIIF 9, NIIF 7 y NIC 39), emitida por el IASB en inglés en noviembre de 2013. La traducción de los Fundamentos de las Conclusiones estará disponible próximamente

eIFRS se actualiza a lo largo del año con las traducciones al español tanto de las nuevas normas como de aquellas que se revisan, emitidas por el IASB, a medida que están disponibles.

Los suscriptores Comprehensive o eIFRS pueden acceder a la traducción al español haciendo clic aquí (hace falta inscribirse).

Para más información sobre nuestras traducciones consulte la lista de traducciones disponibles. Si le interesa comprar nuestras publicaciones traducidas visite nuestra Tienda Online.

Un saludo cordial,

IFRS Servicios de Contenido
¿Preguntas o comentarios?

Si tiene preguntas sobre nuestras publicaciones y suscripciones contáctenos en publications@ifrs.org

Si requiere más información sobre la Fundación IFRS/el IASB, contáctenos en: info@ifrs.org

Sitio Web: www.ifrs.org



martes, 27 de noviembre de 2012

Revisión Integral de la NIIF para las PyMES: Parte A, Pregunta S5

Uso de los criterios de reconocimiento y medición de las NIIF completas para instrumentos financieros (Sección 11)

Actualmente, la NIIF para las PYMES permite que las entidades opten por aplicar (párrafo 11.2):

• los requerimientos en las Secciones 11 y 12 de manera completa; o

• los criterios de reconocimientos y medición provistos por la NIC 39 Instrumentos Financieros –  Reconocimiento y Medición, y los requerimientos sobre revelaciones de las Secciones 11 y 12.

En el párrafo FC106 de los Fundamentos de las Conclusiones emitidos con la NIIF para las PYMES, el IASB presenta sus razones para proveer a las PYMES la opción de usar la NIC 39. Este es el único caso en el que la NIIF para las PYMES específicamente permite el uso de las NIIF completas. Una de las principales razones para esta opción es que el IASB concluyó que las PYMES deberían tener permitido contar con las mismas opciones de política contable de la NIC 39, a la espera de la conclusión de su proyecto integral sobre instrumentos financieros que remplace a la NIC 39. Esta decisión está explicada con mayores detalles en el párrafo FC106.

La NIC 39 será remplazada por la NIIF 9 – Instrumentos Financieros. Las enmiendas a la NIIF para las PYMES provenientes de esta revisión integral serán muy probablemente efectivas para la misma fecha en que sea de aplicación efectiva la NIIF 9. La NIIF para las PYMES se refiere específicamente a la NIC 39. Las PYMES no tienen permitido aplicar la NIIF 9.

¿Cómo debería ser actualizada la actual opción de usar la NIC 39 de la NIIF para las PYMES, una vez que la NIIF 9 sea de aplicación efectiva? 

(a) No debería existir la opción de usar los criterios de reconocimiento y medición provistos por la NIC 39 ni por la NIIF 9. Todas las PYMES deben seguir los requerimientos para instrumentos financieros de las Secciones 11 y 12 de manera completa.

(b) Permitir a las entidades la alternativa de seguir los requerimientos de reconocimiento y medición provistos en la NIIF 9 (con los requerimientos sobre revelaciones de las Secciones 11 y 12).

(c) Otra— por favor, explíquela.

Por favor, presente las razones que apoyan su elección (a), (b) o (c).

Nota: Esta pregunta se propone evaluar su punto de vista general sobre si la referencia a las NIIF completas de las Secciones 11 y 12 debería ser eliminada completamente, si debería seguir la referencia a una NIIF que ha sido sustituida, o si debería ser actualizada tal referencia a la NIIF vigente. No se pregunta si algún principio de reconocimiento y medición de la NIIF 9 debería resultar en una enmienda a la NIIF para las PYMES en esta etapa, porque el IASB tiene varios proyectos actualmente en su agenda que se espera que introduzcan cambios a la NIIF 9 (ver el párrafo 13 de la Introducción a esta Solicitud de Información).
============================================================================
Mi opinión es que debería aplicarse la alternativa (a) modificada, porque parece más conveniente que se mantengan las Secciones 11 y 12, introduciendo en ellas los cambios que pudieran ser aplicables a las PyMES, tomándolos de la NIIF 9, aunque desde ya se prevean cambios a esta última norma. Ya habrá oportunidad de incorporarlos en una nueva revisión de la NIIF para las PyMES.

La posibilidad que abrió el IASB cuando promulgó la NIIF para las PyMES, de que se pudiera aplicar una norma de las NIIF Completas (la NIC 39), como se hizo con las Secciones 11 y 12, crearon desconcierto y confusión entre los usarios y preparadores de estados financieros que hubieran deseado trabajar con un conjunto "puro" de normas para las PyMES y no con esta mezcla de pronunciamientos.

La materia regida por las secciones y las NIC y NIIF mencionadas, ha sido una de las más controvertidas desde que se promulgaron las NIIF Completas y la NIIF para las PyMES, y por eso mismo han originado gran cantidad de modificaciones de esas normas que hasta la fecha no se han concluido, ni se concluirán en el breve plazo.

Considero que las Secciones 11 y 12 contienen una buena, eficiente y equilibrada guía para que las medianas y pequeñas entidades puedan registrar sus transacciones con instrumentos financieros, pero como indiqué arriba, deberían actualizarse junto con estos cambios.

Nota del Autor: El texto en itálica corresponde al documento original publicado por el IASB, como indiqué en el post del 23 de noviembre de 2012. Las referencias que aparecen en el texto original son a la Sección de la NIIF para las PyMES que pudiera ser afectada por el cambio.