El IASB anunció el 27 de junio de 2013 que ha emitido una guía para auxiliar a las micro-entidades (“la Guía”) en la aplicación de la NIIF para las PyMES (“la Norma”). Este es un anuncio que habían estado esperando muchas entidades que como consideraban que no catalogaban como PyMES concluían que no existía un cuerpo de normas contables que estuviese bien adaptado a sus necesidades.
Como se sabe, la Norma es un conjunto completo de principios contables de alta calidad para el reporte financiero, que se elaboró con base en las NIIF Completas, mediante la adaptación de éstas a las necesidades y posibilidades de empresas, compañías y otras corporaciones no públicas que abarcan un universo de cerca del 95% de las entidades en el mundo. Formando parte de ese 95%, existe un número indeterminado de micro-entidades que se consideraban aisladas porque estiman que la Norma es un conjunto de normas que excede de sus necesidades.
El IASB indicó en su nota de prensa, que la Norma ha sido ampliamente aceptada en el mundo con más de 80 jurisdicciones que ya la han adoptado o que planean hacerlo en un tiempo relativamente corto. En algunas de esas jurisdicciones, la Norma está siendo usada por muy pequeñas entidades que tienen un número muy bajo de trabajadores. En respuesta a las solicitudes de muchas de esas entidades y jurisdicciones, el IASB desarrolló la Guía para asistir a las micro-entidades que actualmente emplean la Norma y/o para permitir que sea más accesible a las que todavía no la aplican, pero que planifican hacerlo en un futuro inmediato. Es importante destacar que la Guía no se considera, y así lo ha declarado el IASB, no constituye un conjunto de normas separadas para las micro-entidades.
La Guía fue elaborada con base en propuestas y colaboraciones hechas por el SMEIG – Small and Medium Entities Implementation Group (Grupo de Implementación para las Pequeñas y Medianas Entidades) y extrae de la Norma sólo aquellos requerimientos que se consideran necesarios para que sean aplicados por una micro-entidad, pero sin modificar ninguno de sus principios de reconocimiento y medición de activos, pasivos, ingresos y egresos. En unas pocas áreas, la Guía también contiene ejemplos ilustrativos para ayudar a las micro-entidades en su aplicación de la Norma.
La Guía contiene referencias cruzadas con la Norma en asuntos que no han sido específicamente cubiertos en la Guía. Por tanto, una vez que la Guía ha sido aplicada por una micro-entidad, ella puede revelar en las notas a sus estados financieros que cumple con la Norma debido a que la Guía no modifica los requerimientos de la Norma. En ese sentido, el reporte de los auditores de la micro-entidad tendrá que referirse a la Norma indicando en su texto si la entidad cumple o no con los requerimientos establecidos en ella.
Notas del Autor: Considero que con la emisión de la Guía se podrían resolver gran cantidad de dudas que preocupan a las micro-entidades cuando se ven obligadas a aplicar la NIIF para las PyMES porque no existe otro conjunto de normas mejor adaptadas a sus necesidades. Esperaremos hasta que la Guía sea oficialmente traducida al idioma español; que sea reconocida por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela como parte de las VEN-NIF y que se defina la fecha de su entrada en vigencia en Venezuela. Mientras tanto, las entidades que se consideren micro-entidades deberán continuar aplicando las NIIF para las PyMES en la elaboración de su reporte financiero.
Adicionalmente, hay que tomar en cuenta que la Guía ha sido desarrollada con base en la NIIF para las PyMES de 2009 y que este conjunto de normas está actualmente bajo revisión y podría ser modificado antes de que finalice el año 2013. Por lo tanto, la Guía tendría que ser igualmente adaptada a la nueva Norma.
La Guía no define a una micro-entidad en términos cuantitativos. Cualquier jurisdicción podrá elegir entre definir a una micro-entidad bajo esos términos o suministrar indicadores adicionales de las características típicas bajo las cuales puede definirse a una micro-entidad en esa jurisdicción. Una micro-entidad es una entidad muy pequeña que realiza transacciones muy sencillas y que tiene las siguientes características clásicas: (a) pocos empleados y a menudo es gerenciada por su propietario; (b) tiene niveles bajos o moderados de ingresos y de activos; y (c) no tiene inversiones en subsidiarias, asociadas o negocios conjuntos; no emite ni posee instrumentos financieros complejos; y no emite acciones ni opciones a empleados o terceros a cambio de bienes y servicios.
La Guía ha sido emitida en idioma inglés pero no está disponible sino para los usuarios debidamente registrados en el IASB (como parte de los suscriptores de los eIFRS). Los interesados en obtener una copia en .pdf podrán solicitarla enviando un correo electrónico a mi buzón jdsmartinez@gmail.com o incluyendo un comentario en el Blog indicando su dirección electrónica. Oportunamente se la enviaré con todo gusto.